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¿Separación de bienes o gananciales? La guía definitiva

¿Te casas y no sabes qué régimen económico elegir? Te explicamos de forma sencilla las diferencias entre separación de bienes y gananciales en España.

Wedded Team
Pareja planificando el régimen económico matrimonial

¡Enhorabuena por tu compromiso! Este es un momento lleno de ilusión, sueños y planes de futuro. Mientras decides el lugar perfecto, el vestido de tus sueños y la lista de invitados, hay una conversación importante que a menudo se deja para el final: el régimen económico matrimonial. El régimen económico es independiente de si eliges boda civil o religiosa, pero debe formalizarse legalmente.

Sé que puede sonar un poco intimidante y cero romántico, pero créeme, entender qué son la separación de bienes y la sociedad de gananciales es un acto de amor y responsabilidad. Es como construir los cimientos de vuestra casa: queréis que sean sólidos para que vuestro proyecto de vida en común sea fuerte y estable.

Este post está pensado para ser esa charla con una amiga que ya ha pasado por esto. Te llevaré de la mano para que entiendas, sin tecnicismos ni complicaciones, qué significa cada opción, cuáles son sus ventajas y cómo podéis elegir la que mejor se adapte a vuestra vida. ¡Vamos a ello!

¿Qué es la Separación de Bienes?

Imagina que cada uno de vosotros tiene su propia hucha. En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge mantiene la propiedad, administración y disfrute de sus propios bienes, tanto los que tenía antes del matrimonio como los que adquiera después.

En pocas palabras: lo tuyo es tuyo y lo mío es mío.

Esto significa que cada uno es dueño de su sueldo, sus inversiones, sus propiedades y, muy importante, también de sus deudas. Si uno de los dos compra un coche, ese coche es suyo. Si pide un préstamo personal, esa deuda es únicamente suya.

Claro que esto no significa que no podáis tener cosas en común. Podéis comprar una casa a medias, abrir una cuenta bancaria conjunta o invertir juntos. En esos casos, seréis propietarios de esos bienes en la proporción que decidáis (normalmente al 50 %), como lo haríais con cualquier otra persona.

La clave es que no se crea un patrimonio común de forma automática por el hecho de estar casados.

¿Y qué es la Sociedad de Gananciales?

La sociedad de gananciales es el régimen que se aplica por defecto en la mayor parte de España (salvo en Cataluña, Baleares y Comunidad Valenciana, donde es la separación de bienes). Piensa en ello como si, al casaros, crearais una tercera hucha común, además de las dos individuales.

En este sistema, coexisten tres patrimonios:

  1. Patrimonio privativo de un cónyuge: Son los bienes que tenía antes del matrimonio o los que reciba después por herencia o donación.
  2. Patrimonio privativo del otro cónyuge: Ídem, pero del otro miembro de la pareja.
  3. Patrimonio ganancial: Esta es la "hucha común". Aquí entra todo lo que ganéis u obtengáis durante el matrimonio gracias a vuestro trabajo, rentas o intereses de vuestros bienes (incluso de los privativos).

Por ejemplo, los salarios de ambos, los beneficios de un negocio que montéis, o los alquileres de un piso (aunque el piso fuera propiedad privativa de uno solo) son gananciales. Todo lo que se compre con ese dinero común también será de los dos.

Las diferencias clave: cara a cara

Para que quede aún más claro, vamos a poner los dos sistemas frente a frente.

AspectoSeparación de BienesSociedad de Gananciales
PropiedadCada uno es dueño de sus bienes y ganancias.Se crea un patrimonio común con las ganancias del matrimonio. Los bienes anteriores, herencias y donaciones son privativos.
GestiónCada uno gestiona lo suyo con total libertad.Para los bienes importantes (como vender una casa ganancial) se necesita el consentimiento de ambos.
DeudasCada uno responde de sus deudas con su propio patrimonio.Las deudas contraídas por uno para atender las necesidades de la familia pueden afectar a los bienes gananciales.
DivorcioCada uno se queda con lo que es suyo. Solo se reparten los bienes que se compraron en común.Se liquida la sociedad: se pagan las deudas comunes y el patrimonio ganancial restante se divide al 50 %.
HerenciaEl cónyuge viudo hereda según lo establecido en el testamento y la ley sobre los bienes del fallecido.El viudo recibe su 50 % de los gananciales y, además, sus derechos hereditarios sobre la mitad del fallecido.

Ventajas y desventajas: ¿Cuál es para mí?

No hay una respuesta única. La mejor opción depende de vuestra situación personal, profesional y financiera. Analicemos los pros y los contras de cada uno para ayudarte a reflexionar.

Separación de Bienes

Ventajas:

  • Independencia y autonomía: Tienes total libertad para gestionar tu patrimonio sin necesidad de pedir permiso.
  • Protección frente a deudas: Si tu pareja tiene un negocio o una profesión con riesgo financiero (por ejemplo, es autónomo), tu patrimonio personal estará a salvo de sus posibles deudas.
  • Sencillez en caso de divorcio: La disolución es mucho más sencilla, ya que no hay un gran patrimonio común que liquidar. Evita muchos conflictos.

Desventajas:

  • Desprotección del cónyuge con menos ingresos: Si uno de los dos decide dejar de trabajar para cuidar de los hijos o del hogar, se encontrará en una situación de desventaja económica en caso de divorcio, ya que no habrá generado un patrimonio propio durante esos años. La ley prevé una compensación económica en estos casos, pero puede ser un proceso complicado y no siempre se consigue una compensación justa.

Sociedad de Gananciales

Ventajas:

  • Protección y solidaridad: Es el sistema más solidario. Reconoce el valor de ambas aportaciones al matrimonio, tanto económicas como de cuidado del hogar y la familia. Ambos construyen un futuro juntos.
  • Fomenta un proyecto común: Psicológicamente, refuerza la idea de que todo el esfuerzo se destina a un bote común, fortaleciendo el concepto de equipo.
  • Beneficios fiscales: En algunas ocasiones, como en las donaciones entre cónyuges, puede tener ventajas fiscales.

Desventajas:

  • Complejidad en la gestión: Para actos importantes sobre bienes gananciales, necesitas siempre la firma del otro.
  • Complejidad en caso de divorcio: La liquidación de gananciales puede ser un proceso largo, costoso y emocionalmente agotador, sobre todo si no hay acuerdo sobre el valor de los bienes.

El riesgo de las deudas en gananciales: un punto clave

Este es uno de los temas que más preocupan, y con razón. En gananciales, si uno de los cónyuges contrae una deuda para cubrir las necesidades normales de la familia (como el pago del colegio de los hijos, la compra de comida, o los gastos de la casa), de esa deuda responden primero los bienes gananciales.

Ejemplo práctico: María y Javier están casados en gananciales. Javier es autónomo y su negocio va mal. Pide un préstamo al banco de 30.000 € para intentar reflotarlo, pero no lo consigue y no puede pagarlo. El banco podría embargar bienes de la sociedad de gananciales para cobrar la deuda, por ejemplo, el dinero de una cuenta común o incluso el coche familiar que compraron juntos. El patrimonio privativo de María (como un piso que heredó de sus padres) estaría, en principio, protegido.

Sin embargo, si se demuestra que la deuda benefició a toda la familia, la responsabilidad podría extenderse. Por eso, es un punto que requiere mucha atención si uno de los dos tiene una actividad económica de riesgo.

Cómo elegir el régimen económico para vuestro matrimonio

Ahora que tienes toda la información, siéntate con tu pareja y hablad con total sinceridad. Discutir el régimen económico antes de la boda ayuda a tener conversaciones financieras transparentes desde el inicio. Aquí tienes una guía paso a paso para tomar la decisión:

  1. Analizad vuestro punto de partida: ¿Tenéis patrimonios muy diferentes? ¿Alguno tiene ya una empresa? ¿Hay deudas previas?
  2. Proyectad vuestro futuro: ¿Vais a emprender? ¿Uno de los dos planea dejar de trabajar para cuidar de los hijos? ¿Tenéis planes de inversión diferentes?
  3. Hablad de vuestra filosofía de vida: ¿Sois más de "lo mío es tuyo" o preferís mantener la independencia económica? Ninguna opción es mejor que la otra, solo es cuestión de lo que os haga sentir más cómodos.

Una buena idea es haceros estas preguntas:

  • Si uno de los dos es empresario o autónomo, la separación de bienes puede ser la opción más segura para proteger el patrimonio familiar.
  • Si vuestros ingresos son muy dispares o uno planea no trabajar fuera de casa, la sociedad de gananciales puede ser más justa y protectora para esa persona.
  • Si ambos tenéis carreras estables e ingresos similares y valoráis la independencia, la separación de bienes puede encajar perfectamente.

El proceso legal: ¿Cómo se formaliza?

La formalización de vuestro régimen económico se hace a través de un documento llamado capitulaciones matrimoniales.

  • ¿Qué son? Son un contrato que se firma ante notario donde especificáis el régimen económico que queréis para vuestro matrimonio (separación de bienes, gananciales u otro).
  • ¿Cuándo se pueden hacer? Se pueden firmar antes de la boda (entran en vigor al casaros) o después de la boda, en cualquier momento. En las bodas civiles, puedes declarar el régimen económico directamente en el acto de matrimonio.
  • Si no hacéis nada: Como hemos comentado, en la mayor parte de España se os aplicará por defecto la sociedad de gananciales. En Cataluña, Baleares y la Comunidad Valenciana, será la separación de bienes.
  • El proceso es sencillo: Solo necesitáis pedir cita en una notaría con vuestros DNI. El notario os asesorará y redactará el documento según vuestra voluntad. Luego, se inscribe en el Registro Civil para que tenga efectos frente a terceros. Los testigos de boda no firman las capitulaciones, pero sí el acta matrimonial donde consta el régimen elegido.

Consejo de hermana mayor: No veáis las capitulaciones como un signo de desconfianza. Al contrario, es una muestra de madurez, comunicación y de que os preocupáis por dejar las cosas claras para protegeros mutuamente.

Preguntas Frecuentes

La separación de bienes es un régimen económico matrimonial donde cada cónyuge mantiene la propiedad, administración y disfrute de sus propios bienes, tanto los que tenía antes del matrimonio como los que adquiera después. Es decir: lo tuyo es tuyo y lo mío es mío.
La elección depende de tu situación personal, profesional y financiera. Si uno de los cónyuges es empresario o autónomo, la separación de bienes protege mejor el patrimonio. Si hay disparidad de ingresos o alguno planea dejar de trabajar, los gananciales pueden ser más justos. Se formaliza mediante capitulaciones matrimoniales ante notario.
El coste varía según la notaría, pero generalmente oscila entre 300 y 600 euros. Es una inversión que puede ahorrar conflictos futuros. Algunos notarios ofrecen servicios de asesoramiento incluidos en el precio.
Idealmente, antes de la boda. Las capitulaciones matrimoniales pueden firmarse antes de casarse (entran en vigor al matrimonio) o después, en cualquier momento. No esperes a tener problemas; una decisión informada al inicio es siempre mejor.
Sí, es posible cambiar de régimen económico después del matrimonio en cualquier momento. Deberás firmar nuevas capitulaciones matrimoniales ante notario. Sin embargo, el cambio solo afecta a los bienes adquiridos después del cambio, no a los anteriores.

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